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Noticias · 10 de septiembre de 2026

STAR, Exenciones e Impuesto Pied-à-Terre: Qué se Acumula y Qué Entra en Conflicto

El recargo de NYC sobre segundas residencias exime a las residencias principales, creando una separación clara de STAR y la mayoría de las exenciones — pero la interacción no siempre es obvia para propietarios ansiosos.

Flatiron Building, New York
Foto de Alec Cutter en Unsplash

Las Reglas de Residencia Principal Crean Separación Clara

El impuesto pied-à-terre de Nueva York, efectivo el 1 de julio de 2026, exime propiedades usadas como residencias principales por propietarios o familiares inmediatos, según el análisis fiscal del Contralor. Esto crea separación estructural de programas como STAR que requieren el mismo estatus de residencia principal.

Una unidad que califica para STAR no puede simultáneamente deber el recargo pied-à-terre. Ambos programas dependen de residencia principal, haciéndolos mutuamente excluyentes en lugar de cargas superpuestas.

El recargo aplica tasas de 4% a 6.5% sobre valores de mercado del DOF para condos y cooperativas sobre $1 millón, pero solo cuando la unidad sirve como residencia no principal. Las casas enfrentan tasas de 0.8% a 1.3% sobre $5 millones bajo la misma exclusión de residencia principal.

Las Exenciones de Condos y Cooperativas Siguen Lógica Similar

El programa de exención de condos y cooperativas de NYC requiere residencia principal para elegibilidad, reflejando el marco de STAR. Las unidades que reciben esta exención no deberían enfrentar el recargo pied-à-terre bajo el diseño estatutario actual.

El análisis de Conquest del Supplemental Market Value Roll de julio 2026 del DOF muestra que aproximadamente 17,000 condos y cooperativas de Manhattan deberían el recargo si se usan como residencias no principales. La mayoría califican como residencias principales y no deben nada.

El recargo mediano para condos y cooperativas de Manhattan sobre el umbral alcanzaría $53,665 anualmente. Pero propietarios que reclaman beneficios de residencia principal a través de programas existentes no enfrentan exposición al recargo.

J-51 y 421-a Presentan Cálculos Diferentes

Los programas de incentivos fiscales como J-51 y 421-a operan independientemente del estatus de residencia principal, creando escenarios potenciales de superposición con el impuesto pied-à-terre. Estas exenciones reducen impuestos regulares sobre la propiedad pero no compensan el recargo.

Una residencia no principal que recibe beneficios J-51 aún debería el recargo pied-à-terre completo sobre su valor de mercado del DOF. El cálculo del recargo ignora exenciones existentes al determinar la factura anual.

Los propietarios deben presentar solicitudes de exención antes del 6 de octubre de 2026, para reclamar estatus de residencia principal y evitar el recargo completamente. El DOF envió avisos iniciales en agosto a propiedades que pueden calificar como residencias no principales.

La fecha límite de exención aplica a todos los propietarios que recibieron el aviso del DOF 'You may be subject to...', siguiendo dos extensiones de las fechas originales de agosto. El estatus de residencia principal se determina al 5 de enero precedente a cada año fiscal.

Preguntas frecuentes

¿Está mi apartamento sujeto al impuesto pied-à-terre si recibo la exención STAR?

No, una unidad que califica para STAR no puede simultáneamente deber el recargo pied-à-terre. Ambos programas dependen de residencia principal, haciéndolos mutuamente excluyentes en lugar de cargas superpuestas.

¿Cuánto es el impuesto sobre condos y cooperativas en Manhattan?

El recargo aplica tasas de 4% a 6.5% sobre valores de mercado del DOF para condos y cooperativas sobre $1 millón, pero solo cuando la unidad sirve como residencia no principal. El recargo mediano para condos y cooperativas de Manhattan sobre el umbral alcanzaría $53,665 anualmente.

¿Los beneficios J-51 o 421-a me protegen del impuesto pied-à-terre?

No, una residencia no principal que recibe beneficios J-51 aún debería el recargo pied-à-terre completo sobre su valor de mercado del DOF. Estas exenciones reducen impuestos regulares sobre la propiedad pero no compensan el recargo.

Fuentes

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