Noticias · 4 de agosto de 2026

El Impuesto Pied-à-Terre de NYC Aparece en tu Estado de Cuenta

Las reglas finales del DOF especifican dónde aparece el recargo y cómo los propietarios reciben notificación, con disposiciones especiales para el primer año.

El Estado de Cuenta Incluye el Monto del Recargo

El impuesto pied-à-terre de la Ciudad de Nueva York aparecerá como una línea de recargo separada en el Estado de Cuenta de tu propiedad, según las reglas finales del DOF que implementan el impuesto. El recargo entró en vigor el 1 de julio de 2026, y aplica a residencias no principales valoradas por encima de $1 millón para condos y cooperativas o $5 millones para casas.

La Sección 11-3205(a) del Código Administrativo requiere que el DOF incluya los montos del recargo en el Estado de Cuenta. Las reglas adoptadas por el departamento especifican que el Estado de Cuenta y el registro de avalúos 'constituyen colectivamente la notificación de la imposición del recargo.'

El DOF señala que los Estados de Cuenta son generalmente accesibles a través de una página de acceso público en el sitio web del DOF, haciendo visible la divulgación del recargo a los propietarios en línea.

Excepción del Primer Año: Registro de Avalúos y Facturas de Impuestos

Solo para el año fiscal 2026-2027, el DOF trata el registro de avalúos y las facturas de impuestos como los vehículos de notificación formal en lugar de depender del Estado de Cuenta. La Sección 62-07 de las reglas finales establece que 'para el año fiscal que comienza el 1 de julio de 2026, el registro de avalúos y las facturas de impuestos para el pago de dicho año fiscal constituyen dicha notificación.'

A partir del año fiscal 2027-2028, aplica la regla estándar. El Estado de Cuenta más el registro de avalúos juntos sirven como notificación estatutaria del recargo.

El análisis de Conquest del Registro Suplementario de Valor de Mercado de julio de 2026 del DOF muestra que aproximadamente 24,000 unidades en toda la ciudad deberían el recargo si son residencias no principales. Manhattan representa cerca de 20,000 de esas unidades, con condos y cooperativas en los códigos postales 10019 y 10012 mostrando las concentraciones más altas por encima del umbral de $1 millón.

Lo Que el DOF Divulga y Lo Que No

Las reglas adoptadas detallan cómo el DOF proporciona notificación pero no describen ninguna base de datos de propietarios de segundas residencias o metodología de referencias cruzadas para detectar residencias no principales. Los propietarios reciben notificaciones de recargo basadas en la determinación del DOF del estatus no principal al 5 de enero, fecha de estatus gravable que precede cada año fiscal.

Considera un propietario de condo en Manhattan cuya unidad tiene un valor de mercado de $1.5 millones en el registro del DOF. Si la unidad califica como residencia no principal, el propietario enfrentaría un recargo anual de $60,000 bajo la tasa del 4% para propiedades valoradas entre $1 millón y $3 millones. Ese monto aparecería como una partida separada en el Estado de Cuenta.

Los propietarios tienen 30 días desde la fecha de transmisión de una notificación para apelar su designación no principal. La fecha límite de solicitud de exención se extendió al 18 de septiembre de 2026, para todos los propietarios que recibieron las notificaciones del DOF de 'Usted puede estar sujeto a'.

Fuentes

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