Noticias · 17 de agosto de 2026

Condos de Hudson Yards Enfrentan Fuerte Exposición al Impuesto Pied-à-Terre Mientras Nuevos Desarrollos Reciben el Mayor Golpe

Estructuras de propiedad mediante entidades y patrones de uso como segunda residencia hacen que los edificios de lujo más nuevos sean más vulnerables al recargo por residencia no primaria de NYC que el stock anterior a la guerra.

Nuevos Desarrollos Cargan con Carga Fiscal Desproporcionada

Nuevos edificios de condos de lujo como los de Hudson Yards enfrentan una exposición mucho mayor al impuesto pied-à-terre de la Ciudad de Nueva York que el stock residencial más antiguo, con estructuras de propiedad mediante entidades y patrones de uso como segunda residencia creando una tormenta perfecta para el recargo que entró en vigor el 1 de julio de 2026.

El análisis de Conquest del Supplemental Market Value Roll de julio 2026 del DOF muestra que 16,709 unidades de condos y cooperativas en toda la ciudad deberían el recargo si sirven como residencias no primarias. Manhattan representa la gran mayoría de la exposición, con nuevos desarrollos en vecindarios como Hudson Yards particularmente vulnerables debido a sus patrones de propiedad y niveles de precios.

El recargo aplica una tasa fija al valor de mercado completo del DOF una vez que una unidad cruza el umbral de $1 millón: 4% para valores de mercado entre $1 millón y $3 millones, 5.25% para $3 millones a $5 millones, y 6.5% para unidades valuadas en $5 millones o más.

Propiedad Mediante Entidades Crea Trampa Fiscal para Compradores de Lujo

Considera un inversionista de Hudson Yards que compró un condo de $2.8 millones a través de una LLC en 2023, usando la unidad como refugio de fin de semana. Bajo las reglas de transparencia de entidades del impuesto pied-à-terre, la estructura LLC no proporciona refugio del recargo.

El estatuto ve a través de LLCs, sociedades, corporaciones y fideicomisos para identificar a las personas naturales detrás de ellas, según análisis profesionales de la ley. Cuando ningún individuo tiene una participación mayoritaria en la entidad, la unidad se vuelve gravable independientemente de quién la ocupe, a menos que un inquilino calificado con un contrato de arrendamiento de un año a distancia comercial la use como su residencia primaria.

Para la unidad de $2.8 millones de este propietario, el recargo anual sería $112,000 — 4% del valor de mercado completo del DOF. El cálculo usa valor de mercado, no el valor catastral más bajo que determina los impuestos regulares a la propiedad.

Esa factura de $112,000 viene encima de los impuestos regulares a la propiedad y gastos comunes. El propietario tiene hasta el 18 de septiembre de 2026, para solicitar una exención de residencia primaria con el DOF, una extensión de las fechas límite originales de agosto.

Por Qué Hudson Yards Recibe un Golpe Más Fuerte

Hudson Yards y condos similares de nuevos desarrollos tienen más probabilidades de ser propiedad de entidades, usados como segundas residencias, y con precios por encima de los umbrales estatutarios que edificios anteriores a la guerra más antiguos con poblaciones establecidas de residencia primaria.

La regla de no-mayoría de entidades crea riesgo particular para arreglos de capital fragmentados comunes en propiedades de inversión de alta gama. Arreglos de vivienda corporativa y escenarios de uso ocasional por inversionistas típicamente no calificarán para la exención de residencia primaria a menos que se estructuren como contratos de arrendamiento genuinos de un año a personas naturales.

Fuentes profesionales notan que el producto de condos más nuevo enfrenta esta triple exposición: estructuras de propiedad mediante entidades que activan reglas de transparencia, patrones de uso no primario, y valores de mercado que superan el umbral de $1 millón donde comienza la tasa del 4%.

Qué Deben Vigilar los Propietarios

La fase actual corre hasta el 30 de junio de 2028, cuando la ley cambia a un modelo de valuación de mercado con tasas entre 0.8% y 1.3% para propiedades sobre $5 millones. Los primeros pagos del recargo vencen el 1 de enero de 2027, basados en el estatus de residencia primaria del 5 de enero de 2026.

El DOF envió avisos de residencia no primaria antes del 30 de agosto de 2026. Los propietarios tienen 30 días desde la fecha de transmisión de un aviso para apelar la determinación.

Todo el recargo expira el 30 de junio de 2031, a menos que sea extendido por la legislatura estatal.

Preguntas frecuentes

¿Está mi apartamento sujeto al impuesto pied-à-terre si lo poseo a través de una LLC?

Sí, el impuesto pied-à-terre ve a través de LLCs, sociedades, corporaciones y fideicomisos para identificar a las personas naturales detrás de ellas. Cuando ningún individuo tiene una participación mayoritaria en la entidad, la unidad se vuelve gravable independientemente de quién la ocupe, a menos que un inquilino calificado con un contrato de arrendamiento de un año a distancia comercial la use como su residencia primaria.

¿Cuánto es el impuesto sobre un condo de $2.8 millones usado como segunda residencia?

Para una unidad de $2.8 millones, el recargo anual sería $112,000, que es el 4% del valor de mercado completo del DOF. Esta tasa del 4% aplica para valores de mercado entre $1 millón y $3 millones.

¿Cuándo expira el impuesto pied-à-terre de Nueva York?

Todo el recargo expira el 30 de junio de 2031, a menos que sea extendido por la legislatura estatal. La fase actual corre hasta el 30 de junio de 2028, cuando la ley cambia a un modelo de valuación de mercado con tasas entre 0.8% y 1.3% para propiedades sobre $5 millones.

Fuentes

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